Entendiendo que la ubicación al frente del aula de estos docentes, que no prestan servicios en la escuela, comporta un proceso que "se va acomodando a medida que surjan las áreas pedagógicas que necesita cada institución y que se deberá informar al CGE" se decidió suspender la aplicación de un artículo de la respectiva resolución. Porque se había dispuesto que dejasen de percibir el adicional del artículo 9, quienes no estuvieran dando clases.
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