El artículo 2.562 del proyecto de nuevo Código Civil y Comercial despertó inquietudes en la comisión bicameral del Congreso encargada de analizarlo. El texto prevé bajar de cinco años a sólo dos el plazo de prescripción para el "reclamo de todo lo que se devenga por años o plazos periódicos más cortos, excepto que se trate del reintegro de un capital en cuotas".
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