La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal determinó que las cadenas de farmacias no pueden vender los medicamentos de "venta libre" en góndolas en las que el cliente los toma directamente y luego los abona en caja. El tribunal reivindicó el artículo 1 de la ley 26.567, que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica y establece que "los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o persona autorizada para el expendio".
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