Así se dispuso a través de la resolución general 3276, publicada ayer en el Boletín Oficial, con la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, en la que se especifican los requerimientos del sistema vigentes, siempre y cuando queden pagos pendientes de cancelación. Los contratos que deberán pasar por el tamiz del sistema, que hasta ahora controlaba solamente las operaciones de importaciones, serán los que sean de por lo menos 100.000 dólares o los que impliquen cuotas de por lo menos 10.000 dólares.
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