jueves, 29 de noviembre de 2012

La Justicia platense avaló el cultivo de marihuana para tenencia personal

La inconstitucionalidad fue declarada por la Sala II de la Cámara Federal de la ciudad bonaerense de La Plata y alcanza al penúltimo párrafo del artículo quinto de la ley 23.737, que castiga a quien siembre o cultive plantas, o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes para consumo personal.
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