Los viáticos que perciban los agentes de la Administración Pública que cumplan misiones en el extranjero deberán liquidarse en la moneda del país de destino. Así los dispone el Boletín Oficial. Así lo dispone la Decisión Administrativa 808/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial. Según la normativa, "los viajes y misiones al exterior se realizan con el fin de representar al Estado Nacional y es por eso que esta decisión continúa el criterio establecido mediante la Decisión Administrativa 75/2012, en la que se establece el procedimiento al que deben ajustarse los organismos y entidades para la autorización de viajes y misiones oficiales al exterior".
| Ver Mas Info en Ampliar Info
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Dejanos tu comentario